El Gobierno publicita oficialmente la violación a la Ley Electoral

El Código Nacional Electoral en el capítulo IV bis de la campaña electoral establece explícitamente en el artículo 64 la prohibición para realizar inauguraciones o lanzamientos de planes de gobierno: Queda prohibido durante los siete (7) días anteriores a la fecha fijada para la celebración del comicio, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.

Sin embargo, el Gobierno Nacional promociona en la página web de la Casa Rosada, todas las violaciones a la ley realizadas por la presidenta en 1 día.

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